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¿Una asociación tiene la obligación de emitir facturas?
En primer lugar hay que analizar el tipo de operaciones que realiza la asociación , si son operaciones exentas o no exentas de IVA.
Si la asociación realiza operaciones sujetas y no exentas de IVA , la operación lleva IVA y la asociación tiene la obligación de emitir factura.
Si bien, el código de comercio excluye la obligación de emitir facturas a entidades que realicen la totalidad de sus operaciones exentas de IVA (hay que solicitar el reconocimiento de la exención del IVA ante la Agencia Tributaria Estatal). Aunque desde aquí se recomienda que a efectos de control mercantil y contable se emitan las facturas para sus operaciones aunque estas sean exentas.
Tratamiento de la cuota de los asociados.
Normalmente en las asociaciones la principal fuente de ingresos es la cuota de los asociados. Llegados a este punto debemos analizar si a cambio de la cuota pagada el asociado recibe un servicio por parte de la asociación.
En el caso de que no se reciba a cambio prestaciones de servicios por parte de la entidad a sus socios o asociados, se trataría de una prestación de servicios sin contraprestación, y no está sujeta a IVA.
Si, en cambio, el asociado recibe una prestación, las cuotas de socios están sujetas a IVA (a no ser que la entidad haya obtenido la exención para estas cuotas).
En el supuesto de que la entidad disfrute de la exención del art.20.12 Ley de IVA, cumpliendo los requisitos, y la exención ha sido expresamente reconocida por la Administración Tributaria, las cuotas facturadas y las prestaciones de servicios que correspondan al fin específico de la entidad y no se perciba contraprestación distinta de los estatutos están exentas de IVA y no deben repercutir este impuesto en las mismas. Por lo que con un recibo emitido por la asociación es suficiente.
En conclusión si las cuotas de asociados se pagan a una asociación que ha solicitado la exención rogada, con un recibo es suficiente. Si no la prestación de servicios que realiza la asociación no está exenta de IVA según art. 20.12 Ley de IVA, la asociación debe emitir factura completa.
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